Protección penal de los derechos humanos de los menores trabajadores en méxico

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Autores

Isaías Jorge Acata Águila

Resumen


La explotación laboral infantil es una conducta antisocial grave. Una serie de estudios realizados en 2009-añointernacional delniño-,mostraron que hay más de 80 millones de niños menores de 12 años que desempeñan multitud de trabajos en condiciones infrahumanas, la mayoría viven en países de América Latina, (México) África y Asia. Sus escasos ingresos (no salarios) son imprescindibles para la supervivencia de sus familias, y tan solo sirven para satisfacer las necesidades más urgentes: alimentación, vivienda y ropa en forma muy precaria.


El combate contra la explotación laboral infantil requiere una acción inmediata, general y constante. La Convención de Naciones Unidas en 1999 al tratar el tema: Las Peores Formas de Trabajo Infantil, vinculó a los gobiernos de los Estados parte a respetar, proteger y promover a la infancia, como elemento clave para el desarrollo social. Sin embargo es muy frecuente que los gobiernos se nieguen a admitir que existan problemas en sus países sobre la explotación infantil. En México empresas nacionales e internacionales utilizan a menores de doce años, sin pagarles el sueldo mínimo y menos las demás prestaciones de Ley, quienes tienen que conformarse con las propinas de los clientes.


El abuso laboral del menor constituye una violación grave de los derechos humanos, que debe ser sancionada por el derecho penal, con un tipo especial que prevea una sanción particularmente sensible, que desaliente la explotación laboral de los menores trabajadores, en todos los países, explotación que impide que no reciban salarios y prestaciones de ley. Solo por ser menores.


 

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