Ir al menú de navegación principal Ir al contenido principal Ir al pie de página del sitio

Excepción de inconvencionalidad en las actuaciones públicas del Estado colombiano

Exception of Unconventionality in Colombian State’s Public Proceedings



Abrir | Descargar


Sección
Artículos originales nacionales

Cómo citar
Excepción de inconvencionalidad en las actuaciones públicas del Estado colombiano. (2024). Misión Jurídica, 17(26), 177-195. https://doi.org/10.25058/1794600X.2383

Dimensions
PlumX
Licencia
Creative Commons License

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.

DERECHOS RESERVADOS DE AUTOR

Todo documento incluido en la revista puede ser reproducido total o parcialmente, siempre y cuando se respete su contenido original, se cite la fuente y se use con fines académicos no comerciales. Misión Jurídica y su contenido se encuentra protegido bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional.

Licencia Creative Commons
Misión Jurídica por Misión Jurídica se distribuye bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional.
Basada en una obra en http://unicolmayor.edu.co/publicaciones/index.php/mjuridica/index.
Permisos que vayan más allá de lo cubierto por esta licencia pueden encontrarse en http://unicolmayor.edu.co/publicaciones/index.php/mjuridica/index.

Armando Noriega Ruíz
    Alfonso Montes Camelo
      Elina Marcela Meriño Ortega
        Andrés Felipe Soto Barrios

          Armando Noriega Ruíz,

          Rector de la Universidad Libre – seccional Cartagena. Abogado especializado en Derecho Penal, Criminología y Derecho Procesal. Magister en Derecho Administrativo. Conjuez Sala Penal Tribunal Superior Distrito Judicial. Correo electrónico: armando.noriega@unilibre.edu.co ORCID iD: https://orcid.org/0000-0003-2845-252X


          Alfonso Montes Camelo,

          Director del Departamento de Derecho Penal de la Universidad Libre – seccional Cartagena. Abogado Penalista, Magister en Derecho y Derecho Penal. alfonsomontes18@outlook.com.. https://orcid.org/0009-0000-4147-1042.


          Elina Marcela Meriño Ortega,

          Estudiante de Derecho de la Universidad Libre – seccional Cartagena. CIENCIA LIBRE/CULTURA SIN FRONTERAS. E-mail: elinam-merinoo@unilibre.edu.co. Orcid: https://orcid.org/0009-0006-6043-7097


          Andrés Felipe Soto Barrios,

          Estudiante de Derecho de la Universidad Libre – seccional Cartagena. Semillero CIENCIA LIBRE/POSCONFLICTO Y JUSTICIA. E-mail: andresf-sotob@unilibre.edu.co. Orcid: https://orcid.org/0009-0006-0979-5470


          En el marco de los límites del ejercicio del “Ius puniendi” como manifestaciones legítimas para modular los excesos del poder público desproporcionado del Estado Constitucional de Derecho, nace una frontera supranacional de validez normativa que busca blindar los derechos fundamentales con una dimensión de obligaciones internacionales (positivas & negativas) que los “Estados Parte” deberán cumplir una vez ratificados los diversos instrumentos de protección internacional de los derechos humanos. Con el propósito de categorizar sistemáticamente la institución de la excepción de inconvencionalidad para procesos jurídicos más sostenibles, se hizo un análisis hermenéutico-histórico crítico, deduciendo de exámenes casuísticos para determinar su alcance dentro de los sistemas normativos internos; precisamente como una manifestación de garantía supralegal, que en el despliegue de las mismas paredes del bloque de constitucionalidad, nos permiten marcar unos criterios moduladores en la aplicación de las normas. Materialmente hablando, cuando las Altas Cortes han asumido una línea jurisprudencial con efecto de cosa juzgada constitucional absoluta, se presenta la imposibilidad tanto para los jueces como actores procesales de utilizar la excepción de inconstitucionalidad en las actuaciones públicas colombianas. No obstante, como última garantía de una tutela efectiva jurídica, en la que, aun cuando se haya declarado la constitucionalidad de las violaciones de derechos humanos, según el precedente multilateral disidente del órgano competente de los sistemas regionales de protección de derechos humanos, encontramos la excepción de inconvencionalidad.


          Visitas del artículo 78 | Visitas PDF 57


          Descargas

          Los datos de descarga todavía no están disponibles.
          1. Abbott, K.W. & Snidal, D. (2000). Hard and Soft Law in International Governance. International Organization. P. 436.
          2. Alsina, H. (1961). Tratado Teórico Práctico de Derecho Procesal Civil y Comercial. T. II, B. Aires, Editar S. A. Editores.
          3. Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Constitución Política de Colombia de 1991.
          4. Austin, J. (1832). The providence of jurisprudence determined. John Murray.
          5. Caracol Radio. Cartagena, C. (2023). Consejo de Estado Inaplica Revisión Automática de Sanción a exalcaldesa de arjona, bolívar. Caracol Radio.
          6. Carnelutti, E. (1994). Sistema de Derecho Procesal Civil. T. II, B. Aires. Editorial UTHEA.
          7. Chioventa, G. (1949). Ensayos de Derecho Procesal Civil. B. Aires. Editorial EJEA.
          8. Corte Constitucional de Colombia. (1998). Sentencia C-400 de 1998.
          9. Corte Constitucional de Colombia. (1998). Sentencia C-600 de 1998.
          10. Corte Constitucional de Colombia. (2009). Sentencia C-615 de 2009.
          11. Corte Constitucional de Colombia. (2012). Sentencia T-704 de 2012.
          12. Corte Constitucional de Colombia. (2016). Sentencia C-469 de 2016.
          13. Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2015). Caso González Llui y otros Vs. Ecuador. Parr. 168.
          14. Corte Interamericana De Derechos Humanos. (2013). Caso Mendoza y otros vs. Argentina. Sentencia de 14 de mayo de 2013.
          15. Corte IDH. (2018). Mujeres víctimas de tortura sexual en Atenco vs México
          16. Corte Interamericana De Derechos Humanos. (2020). Caso Petro Urrego VS. Colombia. www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_406_esp.pdf
          17. Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2006). Caso Romero Feris vs. Argentina. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de julio de 2006. Serie C. No. 149.
          18. Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2010). Caso Vélez Loor Vs. Panamá. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 23 de noviembre de 2010. Serie C No. 218, párr. 34.
          19. Kelsen, Hans. (1999). Teoría Pura del Derecho. ISBN. 9502308867.
          20. Organización de los Estados Americanos. (1969). Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José).
          21. Peña Sánchez, A., Soto Barrios, A., & Cardona Arbeláez, D. (2023). Las Garantías Judiciales y los Derechos Políticos en el Proceso Disciplinario Colombiano contra funcionarios de Elección Popular. Revista Jurídica Mario Alario D´ Filippo, 15(30), 417-441.
          22. Sotomayor Berrocal, Javier Ángel: EXCEPCIONES PROCESALES EN EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL. En: IPEF, Revista Jurídica del Instituto Peruano de Estudios Forenses, Año XIV No 77. Marzo 2018, pps. del 35 al 52.
          23. Welzel, H., Derecho Penal Alemán. Parte General. 2a Edic. Castellana. Trad. de la 11a Edic. Alemana. Berlín, 1969, de J. Bustos y S. Yáñez. Editorial Jurídica de Chile. Santiago. 1976.
          24. Zeballos, A. (2017). Supremacía constitucional y bloque de constitucionalidad: el ejercicio de armonización de dos sistemas de derecho en Colombia. P. 8.
          Sistema OJS 3.4.0.5 - Metabiblioteca |