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O direito ao mínimo vital constitui um significante impreciso e esquivo quanto à sua definição, e que viria a consubstanciar o culminar dos direitos de segunda geração com ênfase na sua vertente social. Nos últimos anos, o direito ao mínimo vital tem vindo a passar de um debate meramente doutrinário para a sua materialização na realidade jurídica de vários países. Na América Latina, este direito é cada vez mais reivindicado por certos grupos sociais. Em 2017, a União Europeia incentivou a sua adopção pelos Estados-Membros como incentivo ao combate à pobreza, mas só após a crise social provocada pela pandemia da COVID-19 é que parece começar a ser implementado. Assim, em Maio de 2020, o rendimento mínimo de subsistência foi aprovado em Espanha, o que serve de ponto de partida para a análise que este documento irá realizar do seu conceito e natureza, o que servirá de guia para as reflexões que, em termos latino-americanos, serão realizadas sobre a sua potencial regulamentação e aplicação neste lado do Atlântico. Para tal, seguiu-se um esquema metodológico lógico-dedutivo, que vai desde a análise do conceito original até às suas diversas expressões normativas e jurisprudenciais, tudo isto através de técnicas documentais, históricas e sistémicas, para finalmente avançar com uma hipótese que aposta na implementação global deste instrumento na América Latina.
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