Ir al menú de navegación principal Ir al contenido principal Ir al pie de página del sitio

Ventajas del contrato de transacción en la solución directa de conflictos en las universidades públicas en Colombia

Advantages of the settlement contract for direct conflict resolution in public universities in Colombia



Abrir | Descargar

Cómo citar
Ventajas del contrato de transacción en la solución directa de conflictos en las universidades públicas en Colombia. (2023). Misión Jurídica, 16(24), 251-257. https://doi.org/10.25058/1794600X.2216

Dimensions
PlumX
Licencia

DERECHOS RESERVADOS DE AUTOR

Todo documento incluido en la revista puede ser reproducido total o parcialmente, siempre y cuando se respete su contenido original, se cite la fuente y se use con fines académicos no comerciales. Misión Jurídica y su contenido se encuentra protegido bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional.

Licencia Creative Commons
Misión Jurídica por Misión Jurídica se distribuye bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional.
Basada en una obra en http://unicolmayor.edu.co/publicaciones/index.php/mjuridica/index.
Permisos que vayan más allá de lo cubierto por esta licencia pueden encontrarse en http://unicolmayor.edu.co/publicaciones/index.php/mjuridica/index.

Patricia Osorno Rojas

    Las universidades públicas en Colombia gozan de autonomía universitaria y régimen especial y, respecto de su contratación se orientan por el derecho civil y comercial. Sin embargo, ante eventuales conflictos jurídicos, hacen uso mínimo de mecanismos alternativos a la vía judicial para precaverlos o solucionarlos. Entonces, en el presente artículo, a través del análisis constitucional y normativo, de antecedentes jurisprudenciales y doctrinarios, así como de la casuística, se verán tanto las ventajas del contrato de transacción, como el por qué se debería aplicar de modo preferente en la solución de conflictos jurídicos de los llamados entes públicos, debiéndose insertar en políticas institucionales, sectoriales y gubernamentales, lo cual repercutiría en favorecer el cumplimiento de sus funciones misionales.


    Visitas del artículo 55 | Visitas PDF 74


    Descargas

    Los datos de descarga todavía no están disponibles.
    1. ASCUN. (2004). Autonomía Universitaria. Un marco conceptual, histórico, jurídico de la autonomía universitaria y su ejercicio en Colombia. Ascun.
    2. Beltran B., J. C. (2014). Lo sistemas de contratación empleados por las universidades públicas. Nuevo Derecho. 10(14), 97-124.
    3. Bernasconi, A. (2014). Autonomía Universitaria en el siglo XXI: nuevas formas de legitimidad ante las transformaciones del Estado y la sociedad . New Forms of Legitimation Under the Changes of State and Society, 7(2), 33-60.
    4. Bernasconi, A. (2015). La Educación Superior de Chile . Transformación, desarrollo y crisis. El Gobierno de las Instituciones.
    5. Botero B., A. B. (2005). Autonomía universitaria desarrollo e impacto del concepto en Colombia. Universidad de Antioquia: Fondo Editorial Biogénesis.
    6. Código Civil. (s.f.). Congreso de la República. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo_civil_pr077.html
    7. Constitución Política de Colombia. (2013). Grupo Editorial Leyer.
    8. Cornelio-Landero, E. (2014). Los mecanismos alternativos de solución de controversias como derecho humano. Revista Castellano-Manchega de Ciencias Sociales(17).
    9. Cuaqui, B. (2022) Acerca de la historia de la universidades. Revista Chilena de Pediatría. https://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0370-41062002000600001#:~:text=Las%20universidades%20nacieron%20como%20expresi%C3%B3n,a%20dar%20una%20ense%C3%B1anza%20superior
    10. Decreto 80 de 1980. Por el cual se organiza el sistema de educación post-secundaria. Presidencia de la República. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=67073
    11. Decreto 1818 de 1998. Por medio del cual se expide el Estatuto de los mecanismos alternativos de solución de conflictos. Diario Oficial No. 43.380, (07 de septiembre de 1998). Presidente de la República.http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/decreto_1818_1998.html
    12. Corte Constitucional. Sentencia T-492 de 1992. M.P. Jose Gregorio Hernandez Galindo
    13. Corte Constitucional. Sentencia C-547 de 1994. M.P. Carlos Gaviria Diaz
    14. Corte Constitucional. Sentencia C-037 de 1996. M.P. Vladimiro Naranjo Mesa
    15. Corte Constitucional. Sentencia C-220 de 1997. M. P. Fabio Moron Diaz.
    16. Corte Constitucional. Sentencia C-560 de 2000. M.P. Alfredo Beltrán Sierra.
    17. Corte Constitucional. Sentencia C-893 de 2001. M.P. Clara Inés Vargas Hernández
    18. Corte Constitucional. Sentencia C-829 de 2002. M.P. Alfredo Beltrán Sierra
    19. Corte Constitucional. Sentencia C-187 de 2003. M.P. Jaime Araujo Renteria
    20. Corte Constitucional. Sentencia T-308 de 2011. M.P. Humberto Antonio Sierra Porto
    21. Corte Constitucional. Sentencia T-068 de 2012. M.P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
    22. Corte Constitucional. Sentencia C-1019 de 2012. M.P. Mauricio González Cuervo
    23. Corte Constitucional. Sentencia T-152 de 2015. M.P. Luis Ernesto Vargas Silva
    24. Corte Constitucional. Sentencia T-365 de 2015. M.P.Myriam Ávila Roldán
    25. Escudero A., M. C. (2016). Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos. Leyer.
    26. IESALC - UNESCO. (2002). Digital observatory for higher education in Latin America and the Caribbean. www.iesalc.unesco.org.ve: http://unesdoc.unesco.org/images/0013/001315/131598s.pdf
    27. Ley 30 de 1992. (s.f.). Por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior. Congreso de la República. www.mineducacion.gov.co/1621/articles-85860_archivo_pdf.pdf
    28. Ley 80 de 1993. Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Diario Oficial No. 41.094 (28 de octubre de 1993). Congreso de la República. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0080_1993.html
    29. Ley 270 de 1996. Estatutaria de la Administración de Justicia. Diario Oficial No. 42.745, (15 de marzo de 1996). Congreso de la República. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0270_1996.html
    30. Ley 446 de 1998. Por la cual se adoptan como legislación permanente algunas normas del Decreto 2651 de 1991, se modifican algunas del Código de Procedimiento Civil, se derogan otras de la Ley 23 de 1991 y del Decreto 2279 de 1989, se modifican y expiden normas del Código Contencioso Administrativo y se dictan otras disposiciones sobre descongestión, eficiencia y acceso a la justicia. Diario Oficial No. 43.335 (8 de julio de 1998). Congreso de la República. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0446_1998.html
    31. Ley 647 de 2001. Por la cual se modifica el inciso 3o. del artículo 57 de la Ley 30 de 1992. Diario Oficial No. 44.345, (3 de marzo de 2001). Congreso de Colombia. https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-105023_archivo_pdf.pdf
    32. Ley 1285 de 2009. Por medio de la cual se reforma la Ley 270 de 1996 Estatutaria de la Administración de Justicia. Congreso de Colombia. https://www.ramajudicial.gov.co/documents/10228/0/LEY+1285+DE+2009/4f2894dd-a479-400a-8d97-89cea06b4e7d;jsessionid=C55C70CF1BA31B98708DD298DE1D5B38.worker6?version=1.1
    33. Ley 1563 de 2012. Por medio de la cual se expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial No. 48.489 (12 de julio de 2012). Congreso de la República
    34. Lezcano M., M. E (2011). La Justicia de todos Mecanismos alernativos de solución de conflictos. Funlam.
    35. Observacion General Nº 13. El derecho a la educación (artículo 13 del Pacto) 1999. ONU: Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR).https://www.escr-net.org/es/recursos/observacion-general-no-13-derecho-educacion-articulo-13#:~:text=Como%20derecho%20del%20%C3%A1mbito%20de,participar%20plenamente%20en%20sus%20comunidades
    36. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1996) . Resolución 2200 A (XXI) de la Asamblea General.https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/PACTO%20INTERNACIONAL%20DE%20DERECHOS%20ECONOMICOS,%20SOCIALES%20Y%20CULTURALES.php
    37. Pabón P., A. (2011). Constitución Política de Colombia Esquemática. Grupo Editorial Lecce.
    38. Pavón R., A. C. (2010). La autonomía universitaria, una historia de siglos. Revista Iberoamericana de Educación Superior, 1(1), 157-161.
    39. Peláez, F. J. (1987). La transacción su eficacia procesal. La transacción su eficacia procesal. Bosch, Casa Editorial, S.A.
    40. Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura. Consulta de Procesos (mayo 2022). https://procesos.ramajudicial.gov.co/procesoscs/ConsultaJusticias21.aspx?EntryId=inbC3ebKV21bP9zOa%2b0cSyIT7q4%3d.
    41. San Cristobal R., S. (2011). La transacción como sistema de resolución de conflictos disponibles. Revista Universidad Antonio de Nebrija de Madrid. Anuario Juridico y Económico Dialnet-LaTransaccionComoSistemaDeResolucionDeConflictosDi-3625355-2.pdf
    42. Sánchez U., A.A. (2011). El sentido de la autonomía universitaria. Revista virtual UCN. https://revistavirtual.ucn.edu.co/index.php/RevistaUCN/article/view/305/577
    43. SUE. (2012). Desfinanciación de la Educación Superior en Colombia.. Universidad Tecnológica de Pereira. https://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-341914_archivo_pdf.pdf
    44. Suescun M., E.. (1994). Universidad proceso histórico y jurídico. Grijalbo.
    45. Universidad Nacional de Córdoba -campus virtual. (1918). Manifiesto Liminar. Manifiesto de la Federación Universitaria de Córdoba. https://www.unc.edu.ar/sobre-la-unc/manifiesto-liminar.
    46. Vado G., L. (s.f.). (2020) Medios alternativos de resolución de conflictos.https://cejamericas.org/wp-content/uploads/2020/09/7nuevo.pdf
    47. Valdés S., R. (1997). La Transacción Solución alternativa de conflictos. Legis.
    48. Vittone, A. D. (2020). Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos. Grupo Editorial Ibañez.
    Sistema OJS 3.4.0.5 - Metabiblioteca |