La perspectiva de género y la criminología: una relación prolífica1

 

The Perspective of Gender and Criminology: A Prolific Relationship

 

perspectiva de gênero e a criminologia: uma relação prolífica

 

Norma Fuller2

Pontificia Universidad Católica del Perú nfuller@pucp.edu.pe

Recibido: 21 de junio de 2007 Aceptado: 29 de marzo de 2008


 

Resumen

El presente artículo revisa las tendencias más importantes en los estudios sobre criminalidad y género y analiza los resultados de algunas investigaciones realizadas para discutir cuáles han sido sus principales aportes, sus vacíos y las interrogantes que nos abren. Concluye que estos estudios denuncian el sesgo androcéntrico de la criminología, visibilizan la problemática femenina y evidencian que la dimensión de género juega un rol crucial en las conductas criminales y en la manera en que son tratadas en las instancias policiales y judiciales. Finalmente el balance de estas investigaciones levanta varias interrogantes: ¿Cuáles son las dimensiones de las diferencias de género? ¿Podemos decir que hay patrones femeninos y masculinos de delincuencia? ¿Las políticas de justicia criminal deberían ser diferentes para cada género? y ¿Qué nuevas tendencias nos abre esta era global?

Palabras clave: Género, criminología, violencia de género, cultura policial.

Palabras clave descriptores: Roles sexuales, criminología, violencia.


 

Abstract

This article revises the most important tendencies in studies about criminology and gender and analyzes the results of several investigations carried out to discuss what have been the principal contributions, open issues and questions. It concludes that these studies denounce the androcentric approach of criminology, visualize female problematics and provide evidence that the dimensions of gender play a crucial role in criminal conduct and in the way they are treated by police and judges. Finally, the remainder of these investigations raises several questions: What are the dimensions of the differences in gender? Can we conclude that there are masculine and feminine patterns of delinquency? Should criminal justice policies be different for each gender? What new tendencies can we detect in this global era?

Key words: gender, criminology, gender violence, police cultura.

Key words plus: sex role, crime and criminals, violence.


 

Resumo

O presente artigo revisa as tendências mais importantes nos estudos sobre criminalidade e gênero e analisa os resultados de algumas pesquisas realizadas para discutir quais têm sido suas principais contribuições e questionamentos. Conclui-se que esses estudos denunciam o viés androcêntrico da criminologia, visibilizam a problemática feminina e evidenciam que a dimensão de gênero exerce um papel crucial nas condutas criminais e na maneira como estas são tratadas nas instâncias policiais e judiciais. Finalmente, o balanço de tais pesquisas levanta várias interrogações: Quais são as dimensões das diferenças de gênero? Poderíamos dizer que há padrões femininos e masculinos de delinqüência? Deveriam as políticas de justiça criminal ser diferentes para cada gênero? Que tendências nos abre esta era global?

Palavras-chave: gênero, criminologia, violência de gênero, cultura policial.


 

Los estudios hoy llamados de Género constituyen una de las innovaciones teóricas y políticas más importantes de la segunda mitad del Siglo XX. Uno de sus aportes más significativos, en mi concepto, ha sido demostrar que los factores económicos, políticos y culturales afectan de manera diferente a varones y mujeres y, sobre todo, que el sesgo androcéntrico había conducido a ignorar a la población femenina asumiendo que sus necesidades eran las mismas que las de los varones. La perspectiva de género cuestiona los puntos de partida de las ciencias sociales y jurídicas al demostrar el androcentrismo que las aqueja (Irigaray, 1974.) Según se argumenta, lo masculino ha sido identificado con lo universal, la razón y el saber mientras que lo femenino ocupa el lugar de la falta. En consecuencia, las diferentes disciplinas asumían que las necesidades, intereses y características de los varones eran generalizables para toda la humanidad, y que las particularidades de las mujeres eran señal de su inferioridad o carencia. En ese sentido, la perspectiva de género cuestionaría los postulados de los sistemas jurídicos al demostrar que el sujeto de derecho no es neutro sino que se identifica con lo masculino y supone la exclusión de lo femenino. La propuesta de la crítica de género sería entonces desmontar el andamiaje de los saberes para reconstruirlos de manera que se visibilice a la mujer y se cuestione la posición de poder de los hombres. Este movimiento de revisión crítica de los saberes y del orden social ha producido una profunda transformación en la criminología porque ha hecho evidente que la asociación entre género y crimen es profunda, persistente y paradójica (Heidensohn, 1985.) Hoy es un lugar común que hombres y mujeres difieren en la cantidad, en el tipo de ofensas y en la experiencia de victimización. Asimismo, la perspectiva de género ha contribuido a desmontar muchos prejuicios sobre las conductas criminales femeninas y ha llamado la atención sobre la necesidad de tener en cuenta sus especificidades. En esta presentación revisaré, en primer lugar y a grandes rasgos, las tendencias más importantes que han prevalecido en los estudios sobre criminalidad y género. En segundo lugar, analizaré someramente los resultados de algunas investigaciones realizadas desde una perspectiva de género para discutir cuáles han sido sus principales aportes, sus vacíos y las interrogantes que nos abren.

Los Desvíos de las Mujeres

Hasta la década de los setenta del siglo XX los estudios sobre criminalidad se caracterizaban por su androcentrismo, es decir, generalizaban a partir del modelo masculino. En sentido contrario, las particularidades de las mujeres recibían muy poca atención. Las escasas investigaciones realizadas durante el siglo XIX y la primera mitad del XX tendían a aplicar teorías biológicas y psicológicas para explicar la criminalidad femenina y resaltaban el hecho de que, en todos los lugares en los que se había estudiado el tema, la participación de los hombres era ampliamente mayoritaria (Andruccioli, 2002:29). Los juristas y penalistas ensayaron diversas interpretaciones de este fenómeno. Así, por ejemplo, Lombroso y Ferrero vinculaban la baja criminalidad femenina a su mayor respeto a la ley y a su innato conservadurismo cuya causa debería buscarse en la inmovilidad del óvulo comparado con el espermatozoide (Fausto, 1984:70 en Andrucciolli, 2002). De hecho, casi todos los estudios sobre delincuencia femenina asumían que las conductas atípicas de las mujeres se debían a su fisiología o a sus instintos. Por otro lado, se suponía que su pureza congénita las hacía más vulnerables a los peligros del mundo y que su debilidad moral y social las hacía proclives a conductas erradas (Zedner, 1991), por lo tanto debían ser tuteladas.

Paralelamente, la criminalidad femenina tendía a ser juzgada con mayor dureza que la masculina porque se suponía que las mujeres que caían en estas prácticas iban contra la naturaleza femenina y eran, por tanto, criaturas degradadas (Larrandart, 2000.) Boris Fausto llama la atención sobre el carácter discriminatorio de las leyes, especialmente en lo concerniente a crímenes sexuales. La infidelidad conyugal es un buen ejemplo de la asimetría existente entre los sexos. En el código penal de 1890 en Brasil (Art. 279) se condenaba a una pena de prisión de uno a tres años a la mujer que cometiese adulterio. Entretanto, el marido solo sería castigado si tuviese una concubina conocida y mantenida, o sea, cuando cometiese adulterio de manera permanente y concomitante con el matrimonio (Andrucciolli, 2002.) En sentido contrario se asumía que los varones tienen una tendencia natural al desvío y a la violencia que justificaba, o bien prácticas particularmente rudas de represión, o bien una tendencia a ser más tolerantes con ellos bajo la suposición de que la naturaleza masculina los empujaba a transgredir los límites. No obstante, a pesar de que los puntos de vista variaban mucho, la mayoría de los juristas, penalistas y científicos sociales que tocaron el tema estaban de acuerdo en que las diferencias en conducta criminal de mujeres y varones debían ser enfocadas desde el punto de vista social, e iluminaban las causas de la delincuencia femenina en relación con los mismos problemas que la de los varones: pobreza, malas condiciones de vida y debilidad moral. Sin embargo, no debemos olvidar que era raro ocuparse de la criminalidad femenina y la tendencia general de las investigaciones sobre criminalidad era ignorar las especificidades de la conducta femenina y generalizar a partir de la masculina.

Crimen y Patriarcado

Los primeros ensayos señalando que no se tenían en cuenta las particularidades de las mujeres y denunciando los estereotipos que distorsionaban el análisis de la criminalidad femenina aparecieron en la década de los 60´s del siglo XX, cuando el movimiento feminista impulsó la revisión de los sistemas jurídicos y penales porque, según denunciaba, estaban fundados en la exclusión de las mujeres y en la universalidad del modelo masculino. Las juristas feministas proponen que es necesario llenar el vacío de género, dar cuenta de las especificidades de la delincuencia femenina y cuestionar la tendencia a sexualizar el desvío femenino y a asumir que éste responde a raptos emocionales o a debilidades congénitas. Desde comienzos de los años 70, la posición desigual de la mujer en la criminología, como víctima o como autora de delitos, pasó a ser objeto de atención por parte de la criminología. En pocos años las criminólogas feministas produjeron una vasta literatura, dirigieron la investigación criminológica a temas específicos que aún no habían sido tratados por esa disciplina e influyeron enormemente en su desarrollo. Temas como la falta de protección de las mujeres dentro del sistema de justicia penal frente a la violencia masculina, la baja tasa de incriminación femenina, así como sus formas de criminalidad (aborto e infanticidio), dejaron de ser marginales e ingresaron al centro del debate (Baratta en Birgin, 2000:39).

En un primer momento, el concepto de patriarcado fue útil para explicar la experiencia femenina en el sistema judicial y penal y para entender la división de sexo dentro de la ley, los procesos criminales y la vigilancia policial (Edwards, 1984.) El sistema legal, advirtieron las feministas, forma parte de la estructura de dominación patriarcal debido a que su organización jerárquica, su formato y su lenguaje están montados sobre el modelo masculino. En consecuencia, algunas feministas sostenían que las mujeres no podían usar el aparato legal para enfrentar la dominación masculina porque su lenguaje y sus procedimientos estaban saturados de reglas y de creencias patriarcales. Más aun, denunciaron que estos sistemas operan, tanto directa como sutilmente, para excluir a las mujeres. Una posición más radical postulaba que mujeres y hombres somos diferentes (para algunas esencialmente diferentes y para otras culturalmente diferentes) y proponía que, en algunos campos, las mujeres requerirán igualdad, y en otros, validar sus diferencias. Por lo tanto, debían constituirse sistemas diferenciados para cada género. Aunque resaltar las diferencias entre los modos de razonar y actuar femenino y masculino presenta dificultades -como la tendencia a esencializar los rasgos femeninos y masculinos-, el aporte de esta posición consistió en llamar la atención sobre la evidencia de que las conductas delictivas de las mujeres presentan particularidades notables y que las políticas judiciales y policiales tienen efectos diferentes en las mujeres y en los hombres. Todos los estudios conocidos muestran que, aunque existe una gran variedad de formas de criminalidad femenina y masculina, se puede decir que, en general, las mujeres cometen menos crímenes, sus crímenes son menos serios, menos profesionalizados y tienden menos a la reincidencia.

Ahora bien, la principal crítica que se puede hacer a las posiciones feministas mas extremas es que si bien se puede probar que existen sesgos androcéntricos en los sistemas judiciales y penales, no es posible demostrar que exista una conspiración contra las mujeres. El hecho de enfocar a las mujeres lleva a asumir, incluso, que los varones no tienen problemas cuando en la práctica los sistemas judiciales pueden ser enormemente punitivos con ellos, especialmente si son jóvenes y/o provienen de minorías sexuales, raciales o étnicas. Por otro lado, la teoría feminista criticó tempranamente el concepto de patriarcado y la idea de que existe una subordinación que vincula a toda la población femenina porque supone que todas las mujeres son iguales y tienen los mismos intereses. (Fraser y Nicholson, 1988). Por ello muchas militantes que pertenecen a etnias o razas dominadas denunciaron que esta propuesta tendía a borrar la diversidad cultural a favor de un modelo que universaliza la versión de las mujeres occidentales blancas de clase media (Grewal y Kaplan, 1999). Esta crítica es particularmente relevante para los estudios sobre criminalidad porque existe una estrecha relación entre criminalidad, encarcelación y diferencias de clase, étnicas y raciales. O, dicho de manera más sencilla, existe una estrecha correlación entre tipo y frecuencia de los crímenes y nivel de ingresos, nivel educativo y adscripción étnico/racial.

Género y Crimen

El concepto de género buscó superar el riesgo de caer en el esencialismo y en el reduccionismo implícitos en la suposición de que todas las mujeres tienen una problemática similar por el hecho de compartir una subordinación. En adelante se pondrá el acento en el hecho de que las diferencias entre varones y mujeres no son resultado directo de la biología. Esto significa que nuestras concepciones sobre los atributos femeninos o masculinos no se derivan del conocimiento real acerca del sexo o la reproducción, sino de las representaciones que cada cultura o época elaboran sobre las diferencias anatómicas (Ortner y Whitehead, 1981; Scott, 1988.) Por tal razón se pone en duda que existan conductas delictivas innatamente femeninas o masculinas y se busca entender en qué medida tanto los patrones de socialización como las demandas y las oportunidades abiertas a varones y mujeres producen estilos de criminalidad diferentes para cada género. Asimismo, la perspectiva de género hace evidente que en toda sociedad existen patrones específicos de relaciones entre hombres y mujeres. Es decir, que hombres y mujeres tenemos roles asignados según nuestro género y estos últimos suponen diferentes derechos y obligaciones. Las relaciones de género son también relaciones de dominio y, por lo general, los varones monopolizan las posiciones con mayor poder y prestigio. Los primeros estudios sobre género y crimen sugieren que las mujeres están sujetas a una serie de presiones y premios para aceptar las reglas mientras que los hombres tienen mayores oportunidades de soslayarlas (Mawby, 1980 en Andrucciolli, 2002.) Las mujeres están sometidas a mayores controles por parte de sus parejas, padres y pares para mantenerse dentro de los patrones convencionales. Asimismo, tienen mayor carga de ocupaciones y menos tiempo libre. Por último, se muestra que, por lo general, el modelo hegemónico de masculinidad estimula conductas de riesgo en los hombres mientras que los estereotipos de género sugieren que las mujeres transgresoras serán castigadas (Heidensohn, 1985) no sólo por sus delitos sino por salirse de los moldes de la feminidad convencional.

En la década de los noventa, los avances en los estudios de género mostraron que se había tendido a asimilar el género a lo femenino y que este sesgo estaba produciendo distorsiones tales como la tendencia a tratar las conductas criminales masculinas sólo en función de la situación de las mujeres y, sobre todo, a poner a los varones en el papel de agresores o culpables de manera sistemática. Se vio entonces la necesidad de conocer mejor la condición de género de los varones, las exigencias que se les plantean para construir su masculinidad y sus riesgos específicos. Se reconoció la urgencia de entender las conductas masculinas desviadas, teniendo en cuenta la cultura masculina, las expectativas sobre el comportamiento de los varones y su particular forma de relacionarse con sus pares y con las mujeres. En suma, como ya señalé, los estudios sobre criminalidad dieron un giro radical debido a lo que se puede llamar «la revolución del género». Esta última denuncia el sesgo androcéntrico de la criminología, despeja prejuicios, visibiliza la problemática femenina y abre nuevos temas. Estos avances, sin embargo, nos han enfrentado a nuevos retos de modo tal que, mas que nuevas respuestas, podemos decir que «la revolución del género» nos ha permitido plantear preguntas más profundas sobre las conductas criminales en la medida en que evidencia que la dimensión de género juega un rol crucial en sus manifestaciones y en la manera en que es tratada en las instancias policiales y judiciales. Si bien existe una relación estrecha entre género y crimen, eso no significa que existan leyes que la expliquen. Por lo tanto sería aconsejable aplicar el análisis de género a cada situación específica y analizar, de manera situada, el rol que desempeña. A pesar de que no se ha podido cumplir con el plan inicial -generalizar sobre la relación entre género y criminalidad-, los estudios con perspectiva de género han abierto nuevos temas y contribuido enormemente a comprender las conductas criminales de hombres y mujeres. En los siguientes acápites revisaré algunos de los aportes más importantes de la perspectiva de género en criminología y algunos de los interrogantes que plantean sus propuestas.

Las conductas delictivas de las mujeres

La mayoría de las investigaciones que aparecen desde la década de los setenta buscaron romper con el estereotipo que presuponía que las conductas criminales de las mujeres eran respuestas emocionales o correspondían a su naturaleza (por ejemplo a disturbios debidos a la menstruación, el puerperio o la menopausia). Según señalan, los delitos femeninos están directamente relacionados con los papeles atribuidos a la mujer en la vida social. Así, por ejemplo, en el campo del homicidio se encuentra que, con frecuencia, ella es la instigadora de los crímenes como sujeto oculto o como objeto de disputas. De modo ostensible aparece mas como víctima que como autora, vinculada típicamente a la vida de familia, a los afectos, a las obsesiones de la honra y a las relaciones sexuales prohibidas (Fausto en Andruccioli, 2002). La mujer no aparece pues como sujeto sino como objeto, bien de agresiones o bien de disputa entre varones. Con el fin de corregir estos sesgos, los estudios de género intentan romper con la tendencia a situar a las mujeres como víctimas pasivas para entender cuáles son sus estrategias particulares y sus formas de agencia. Su objetivo es demostrar que las conductas delictivas de las mujeres son racionales y siguen objetivos, y por tanto, es necesario interrogar a las actoras y analizar su posición social. Ponen en evidencia las mujeres están constreñidas por una doble determinación: la clase y el género. En consecuencia, el tipo de crimen o conducta transgresora que asuman, deberá lidiar con estos dos constreñimientos. Tal condición implica que ellas desarrollarán estrategias que les permitan balancear ambas discriminaciones y avanzar en sus fines. Nencel (2000) realizó un estudio cualitativo entre mujeres que se prostituyen en Lima y encontró que la mayor parte de ellas eran madres solteras con bajos niveles de educación que no podrían ganar el dinero que necesitan para mantener a sus familias en otras ocupaciones debido a su condición de clase y de género. Por un lado, su bajo nivel de educación no les permitía acceder a trabajos calificados. Por el otro, el mercado de trabajo laboral está muy segmentado por género. Los varones controlan la mayor parte de las ocupaciones mientras que las mujeres están limitadas al servicio doméstico, el mercado informal y unos pocos oficios, todos ellos con una retribución muy escasa. En consecuencia, Nencel encuentra que adoptar la prostitución como medio de vida era la mejor opción que tenían para sostenerse a sí mismas y a sus familias, teniendo en cuenta sus capacidades, sus cargas familiares y las limitaciones del mercado de trabajo.

Violencia familiar y sexual

Una de las grandes contribuciones del feminismo ha sido llamar la atención sobre la violencia familiar y sexual. Gracias a su impulso, el problema de la violencia doméstica ingresó al temario de los organismos internacionales en el transcurso de la década del 803. Entre sus constataciones más importantes se encuentra el hecho de que cuando se enfoca la violencia doméstica y el abuso físico y sexual de niños, los hombres son los principales perpetradores. Más aun, las tasas de denuncias son bastante menores que la violencia real. En el Perú, por ejemplo, la encuesta demográfica y de salud familiar (ENDES IV)4 del año 2000 preguntó a una muestra de mujeres entre 15 a 49 años si alguna otra persona había ejercido violencia contra ellas. El 41,2 por ciento respondió que alguna vez fue objeto de agresiones por parte del esposo. Entre estas, sólo el 19,4% de entrevistadas buscaron ayuda en una institución y el 14,9% acudió a la comisaría. Una proporción menor presentó su denuncia al juzgado, la defensoría de la mujer el niño y el adolescente, la fiscalía, establecimientos de salud y al ministerio de la mujer y el desarrollo social. Esto se debe tanto a la actitud de las autoridades como a la de las víctimas. Estudios sucesivos documentan que una de las formas de discriminación más común es que no se tiene en cuenta las denuncias de las mujeres porque la violencia doméstica se considera un tema privado. De este modo, aunque más del 70 por ciento de los casos reportados de violencia contra la mujer en el Brasil (Andrucciolli, 2002) tienen lugar en el hogar (comparados con el 10 por ciento para los hombres), la violencia doméstica se trataba como un asunto ajeno al sistema de justicia penal o como un problema menor y periférico.

Por otro lado, los crímenes sexuales presentan tasas de denuncia muy bajas a causa de la vergüenza y del temor de las mujeres a enfrentar los procedimientos policiales. Así por ejemplo, LA ENDES 2000 del Perú preguntó a las mujeres si alguna vez habían sufrido episodios de violencia verbal o física por parte del esposo o compañero. El 33,8 por ciento manifestó que el esposo o compañero la ignoraba o era indiferente. El 24,2 por ciento señaló que le prohíbe que estudie o trabaje, el 23,1 impide ver amigos o familiares, el 47,7 por ciento coincidió en manifestar que le grita cuando le habla, y el 24,5 por ciento reconoció que son objeto de amenazas. Sin embargo, menos de la mitad de las mujeres que han sufrido agresiones (42,1%) recurrió a una persona cercana y tan sólo una de cada cinco acudió a una institución en búsqueda de ayuda. De hecho, la violencia contra la mujer es tan generalizada que ya no se la percibe como tal sino como una de las tantas incomodidades que las mujeres deben soportar. La proliferación de estudios y programas dirigidos a enfrentar esta problemática impulsó cambios tanto en la manera de tratar la violencia familiar y sexual como en la percepción de las personas. En la actualidad la mayoría de los países ha firmado tratados para combatir la violencia familiar y sexual, y las percepciones de la misma han cambiado notablemente. Las personas tienden a identificarla cada vez más como abuso y se han incrementado significativamente los casos de denuncias5.

Sin embargo, la puesta en escena y la denuncia de la violencia familiar y sexual ha provocado un sesgo no deseado: llevaron a que se preste atención a las mujeres más como víctimas que como perpetradoras. Paradójicamente, los estudios sobre violencia conyugal se centran en las mujeres y quienes la ejercen con más frecuencia, los hombres, son los últimos en ser llamados a la escena. Esto ha tenido como consecuencia que se ha construido una imagen estereotipada de los varones como sujetos impositivos y siempre dispuestos a recurrir a la violencia con sus parejas en tanto que se supone que la mujer es una víctima pasiva o una cómplice de su propia victimización. De hecho, algunos estudios sobre violencia doméstica (Dobasch y Dobasch, 1992) que intentaron revisar este tema con mayor detenimiento encontraron que muchas mujeres abusan de sus esposos. Asimismo, aunque la evidencia encontrada señala que el número de padres que golpea a los hijos dobla al de madres, un porcentaje importante de estas últimas golpea a sus hijos6 o se colude con sus parejas abusivas en contra de los hijos. Por lo tanto, es una tarea urgente investigar las formas que asume la violencia femenina. Los estudios sobre masculinidad han llamado la atención sobre conductas violentas específicamente dirigidas hacia los hijos varones que se consideran como formas de estimular el desarrollo de una masculinidad apropiada (Fuller, 2000.) Existen también formas de agresión y de estímulo a conductas transgresoras, tales como consumo excesivo de alcohol y drogas y vandalismo- que forman parte de las pruebas que los jóvenes deben atravesar para ser aceptados como hombres por sus pares masculinos- (De Keyjzer, 2000; Fuller, 2001a) Esta fuerte presión social dirigida a formar varones rudos y agresivos genera una mayor tolerancia hacia la agresividad masculina y condona o naturaliza la agresión sexual al considerar que los hombres no pueden contener sus impulsos sexuales. De igual forma, la identificación de autoridad y dominio con lo masculino puede conducir a los varones a interpretar como un desafío personal las señales de autonomía en las mujeres y los jóvenes. Desde esta perspectiva, la violencia sexual puede ser vista como una forma de «ponerlas en su lugar» (Fuller, 2001b). Así, es posible que los asesinatos de mujeres, que han vuelto tristemente célebre a ciudad Juárez, se relacionen con prácticas dirigidas a penalizar a aquellas que rompen con patrones tradicionales de conducta porque viven solas o asisten a lugares de diversión antes vedados a la población femenina.

Otro tema que está en la agenda de los estudios de género es el uso extendido de la violencia sexual en las confrontaciones armadas. Se ha denunciando que la violación sistemática de mujeres es parte integral del lenguaje de la competencia entre varones y una forma extrema de control sobre las mujeres. Algunos Informes sobre violación de mujeres durante la represión política en países del Cono Sur (Jelín, 2002), durante la guerra interna en el Perú7 y en Colombia (Castellanos, 2001) sugieren que el ensañamiento contra ellas es también un castigo por haber transgredido su rol de género. Cuando las mujeres son combatientes la rudeza del maltrato aumenta y las torturas son especialmente crueles. Según señala Castellanos (2001), «La violación, tanto de las mujeres capturadas como de la sociedad civil se convierte en un acto de guerra: el poseer a las mujeres del enemigo [aparece como] acto simbólico de dominación»

Género y Cultura Policial

La cultura policial ha sido a menudo el blanco de las críticas de las investigaciones con enfoque de género. Según denuncian, esta última está basada en valores machistas que privilegian la agresividad, el sexismo y el racismo. Por ejemplo, el WPR8 encontró que los agentes policiales y judiciales tienden a aceptar como normal el asesinato, las golpizas y la violación de la esposa. Con respecto al asesinato de la esposa, la defensa del «honor» en el asesinato de una esposa presuntamente infiel tuvo éxito, en algunas regiones, en el 80 por ciento de los casos en los que fue invocado, y en otros casos sirvió para reducir las sentencias en forma significativa. El asesinato de esposos, en contraste, fue tratado con mucha mayor severidad. En sentido contrario, se ha encontrado que las mujeres que cometen crímenes son mal vistas, no sólo por el delito cometido sino por desviarse de la norma femenina. A menudo son tratadas con mayor dureza porque no corresponden al estereotipo de pureza y virtud esperado. A menudo los excesos sexuales de las mujeres jóvenes son juzgados con rigor y las de los hombres jóvenes con indulgencia. Las mujeres que caen en categorías marginales o irregulares, como las activistas o las prostitutas, han denunciado repetidamente que son objeto de tratos abusivos por parte de la policía. Otras investigaciones, por el contrario, muestran que las mujeres se benefician de los valores de la policía en la medida en que las consideran como débiles y necesitadas de protección, y suelen representar este papel para obtener ventajas (Morris, 1987:80-81). Sin embargo, estudios detallados muestran que en general mostrarse viejo, débil y necesitado de protección despierta respuestas positivas sin tener en cuenta el género de la persona (Harris, 1992:95.) De este modo, si bien la variable género es importante para entender la conducta del cuerpo policial, es preciso cuidarse de hacer generalizaciones apresuradas porque la cultura policial puede ser muy variada.

La cultura de género de los cuerpos policiales ha sido también objeto de análisis y de crítica. En primer lugar, se argumenta que los valores policiales ensalzan la virilidad, el arrojo y el dominio, todos ellos asociados con el síndrome machista. Incluso se ha denunciado que con frecuencia las mujeres policía sufren de discriminación y acoso sexual por parte de sus colegas masculinos. No obstante, a pesar de que estos rasgos son bastante comunes entre las fuerzas policiales, sería necesario tener en cuenta que las mujeres no son víctimas pasivas de la cultura machista. Es más, se observa que ellas desarrollan diversas estrategias para realizar sus intereses. Estas pueden ir desde adoptar maneras masculinas para promoverse hasta apelar a su supuesta debilidad para obtener ventajas de sus camaradas (Brown y Heidensohn, 1996; Heidensohn, 2000). Por otro lado, diversos estudios de caso muestran que cada cuerpo policial puede presentar acomodos diferentes y se puede encontrar una gran variedad de dinámicas. Lo que podemos concluir es que el género influye en las relaciones del cuerpo policial pero no parece posible asumir que el mismo patrón va a repetirse en todos los casos. La crítica de género puede haber influido en estos ámbitos de modo tal que las mujeres policías pueden ser más conscientes de sus derechos y los varones más abiertos a la crítica.

Reflexiones finales

El debate sobre la relación entre género y crimen ha significado un viraje en la manera de entender las conductas criminales y nos ha forzado a tomar conciencia de que los patrones de criminalidad, tanto femeninos como masculinos, muestran particularidades y precisan ser tratados desde una perspectiva de género. Este rico debate ha puesto sobre el tapete temas como la violencia generalizada contra las mujeres y ha impulsado cambios importantes en el tratamiento de la misma. Hoy la mayoría de los países ha firmado tratados para combatirla y la percepción de las personas ha dado un giro notable: las mujeres tienden, crecientemente, a identificarla como un abuso inaceptable. Crímenes como los cometidos en ciudad Juárez habrían pasado desapercibidos hace unas décadas y hoy han dado pie a un movimiento de protesta global. Asimismo, el análisis de género ha demostrado que las instituciones a cargo de esta temática: la policía, el poder judicial y el sistema carcelario no pueden ser entendidos sin tener en cuenta esta perspectiva. Tres décadas después de iniciadas las investigaciones en criminología desde una perspectiva de género contamos con un importante bagaje de estudios, pero no hemos encontrado respuestas definitivas a la mayoría de las preguntas que plantearon los estudios sobre género y criminalidad. Por el contrario, nos conducen a profundizar nuestros interrogantes. Estos podrían resumirse en ¿Cuáles son las dimensiones de las diferencias de género ¿Podemos decir que hay patrones femeninos y masculinos de delincuencia? ¿Las políticas de justicia criminal deberían ser diferentes para cada género? Estas preguntas suponen retos que nos exigen revisar nuestros supuestos, incluso nuestra definición de género y de criminalidad.

Finalmente, los estudios recientes sobre criminalidad muestran que las tasas de criminalidad femenina y masculina han subido de manera consistente y que han aparecido formas inéditas de conductas criminales propiciadas por los medios virtuales, como la proliferación de pornografía infantil y el llamado «sexo duro», o filmación de violaciones y asesinatos en vivo que son ser vendidos por Internet. ¿Se deben estos fenómenos al avance de la capacidad de los Estados de regular a las poblaciones, con su consiguiente aumento de la represión penal, o se deben a la globalización de las redes criminales? ¿De qué manera los medios virtuales de comunicación han abierto posibilidades no exploradas al comercio sexual y al abuso de mujeres y niños? Tenemos mucho trabajo por hacer.


1 Este artículo es producto de la investigación sobre género, interculturalidad e identidad que se adelanta en la Pontificia Universidad Católica del Perú.

2 Norma Fuller es Ph.D en Antropología cultural (University of Florida Gainesville) y trabaja como Profesora Principal en la especialidad de antropología del Departamento de Ciencias Sociales de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Sus áreas de investigación son. Relaciones de Género e Interculturalidad Entre sus publicaciones están: Jerarquías en Jaque. Estudios de género en el área andina (2004), Interculturalidad y Políticas Públicas (2002), Masculinidades, Cambios y permanencias. Varones de Lima, Cuzco e Iquitos 2001. Paternidades en América Latina (2000), Identidades Masculinas, Varones de clase media en el Perú 1997; Dilemas de la feminidad, Mujeres de clase media en el Perú, 1993.

3 La recomendación General del Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer CEDAW (1992), marcó un hito en el tratamiento a la problemática de la violencia contra las mujeres al declarar que la violencia basada en el género es una forma de discriminación que inhibe seriamente la capacidad de las mujeres para disfrutar sus derechos y libertades.

4 Encuesta Demográfica y de Salud, Instituto Nacional de Estadística e Informática, INEI, 2000.

5 Así por ejemplo en el año 2005 se han triplicado las denuncias de violencia familiar en el Perú. Datos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social del Perú.

6 En su trabajo en una colonia de la ciudad de México, Gutmann (2000) llama la atención sobre el hecho de que tanto las madres como los padres pueden ser violentos con los hijos.

7 Informe de la comisión de la verdad y de la reconciliación del Perú. Lima 2003.

8 Women’s Rights Project [El Projecto de los Derechos de la Mujer] de Americas Watch (WRP) sobre la violencia contra las mujeres en Brasil.


 

Referencias

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